Condenan a hondureño por agredir sexualmente a niña mexicana

Condenan a hondureño por agredir sexualmente a niña mexicana

La Fiscalía Especial de Protección a la Niñez y Adolescencia (FEP-NIÑEZ), logró una sentencia condenatoria por dos delitos de otras agresiones sexuales contra René Orlando García Ramírez en perjuicio de una menor de edad de nacionalidad mexicana.

El abuso ocurrió en septiembre de 2014, cuando la víctima, de ocho años en ese momento, jugaba con sus hermanos y primos en la casa de su abuela en Tegucigalpa, a la que visitaban regularmente. Según el expediente, García Ramírez obligó a la niña a tocar sus partes íntimas, mientras él, de forma simultánea, también tocaba a la menor.

Estas agresiones sexuales ocurrieron durante 2 veces en el mes de septiembre del año 2014, la niña no contó lo sucedido de inmediato porque el imputado es un reconocido médico y pertenecía a un grupo cristiano. Fue hasta años después que contó a su madre lo que René le había hecho, por lo que se interpuso la denuncia ante el Ministerio Público.

Como consecuencia de los hechos, la víctima sufre daño psicológico y continúa recibiendo terapia para lograr su estabilidad emocional y mental. El trauma provocado por el abuso sexual en la niñez puede perdurar toda la vida.

René Orlando García Ramírez.

El próximo 09 de octubre, René García conocerá, en la audiencia de individualización de la pena, cuantos años de cárcel se le dictan por los dos delitos que cometió.

DELITO DE ABUSO SEXUAL

En Honduras, el delito de violación está regulado en el Código Penal (Decreto 144-83), con reformas posteriores que han actualizado su tratamiento.

La violación se encuentra dentro de los delitos contra la libertad e integridad física, psicológica y sexual de las personas, según las reformas al Código Penal. Anteriormente, se clasificaba bajo «Delitos contra la libertad sexual y la honestidad».

Según el Artículo 140 del Código Penal, la violación se define como el acto de tener acceso carnal con una persona mediante violencia, intimidación o cualquier medio que prive a la víctima de su consentimiento.

Es un delito de acción pública, lo que significa que puede ser denunciado por cualquier persona y no requiere la autorización de la víctima para iniciar un proceso penal, incluso si la víctima es mayor de edad.


 

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